María Florencia Quarenta


Según el filósofo y escritor escocés Thomas Carlyle, la expresión “cuarto poder” la usó por primera vez en 1787 el político británico Edmund Burke en el Parlamento para referirse a la prensa y su influencia sobre la sociedad y la política, dado que los primeros tres puestos ya estaban ocupados por la Iglesia, la nobleza y los propios políticos. El tiempo pasa pero hay situaciones que no cambian. El periodismo de datos es otra forma de interpelar un gobierno y de revelar cuán diferente es la transparencia en el discurso y en los hechos.

El análisis de grandes cantidades de información a través del uso de un software es la base del periodismo de datos. La información procesada llega a los lectores por medio de artículos, infografías, mapas o gráficos interactivos.

Nos proponemos bajar datos duros al ciudadano que no entiende sobre economía, sobre política. Hablamos al público activo que está al tanto de las noticias y a cualquiera que no tenga conocimientos técnicos”, expresó Matías De Santi, coordinador de redacción en Chequeado, durante una conferencia que dio el año pasado junto a Romina Colman, periodista de La Nación Data, en el teatro Astral, para alumnos de la escuela de periodismo TEA.

Una de las formas de conseguir datos es recurrir a los organismos oficiales. Para Colman, un pedido de acceso a la información pública es una gran herramienta de investigación periodística. “Es la posibilidad de preguntar al gobierno por los datos que no están en la web. El proceso es complicado pero vale la pena”, señaló la periodista.

Según el “Manual de Periodismo de Datos” -editado por Jonathan Gray, Liliana Bounegru y Lucy Chambers y traducido al español por La Nación Data-, para evitar las demoras de los entes públicos es conveniente hacer el pedido formal de información al comienzo de la investigación, mientras se buscan otras fuentes.

En la Argentina, el derecho de acceso a la información pública está regulado por la ley 27.275, sancionada en septiembre de 2016 y modificada un año después por el gobierno de Mauricio Macri a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) antes de que la norma empezara a regir.

Al respecto, Agustina Del Campo, abogada y directora del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE) de la Universidad de Palermo (UP), opina: “No veo la justificación de la necesidad ni de la urgencia para emitir un decreto de esa naturaleza”. Y agrega que antes se debería haber terminado de reglamentar la norma, dado que el decreto 206/2017 lo hace de modo parcial.

La ley 27.275 contempla el derecho a pedir información, a analizarla y distribuirla. Además, uno de sus objetivos es promover la transparencia de la gestión pública. No obstante, para Colman “ningún gobierno es completamente transparente; siempre hay algo que le molesta y eso demuestra que es importante, por eso hay que pelear”.

La norma también establece que toda persona tiene derecho a pedir y recibir información pública sin estar obligada a explicar el motivo de la solicitud. Según el artículo 5, los datos se dan en el estado en que se encuentren al momento en que fueron solicitados; el organismo no tiene obligación de ordenarlos ni clasificarlos.

La solicitud de información se puede hacer por escrito o a través de medios electrónicos y no se necesita un abogado para el trámite. Quien hace la solicitud debe acreditar su identidad, incluir formas en que podrá ser contactado/a y precisar los datos que se requieren.

Según Colman, uno de los errores más comunes y que complica el acceso a la información es hacer un pedido muy general sobre un tema determinado. “Tampoco hay que pedir datos desde una fecha exacta a otra, sino aclarar que se solicitan desde esa fecha ‘hasta el último dato disponible en los registros públicos”, sugiere.

El organismo debe responder en 15 días hábiles y cuenta con la posibilidad de una prórroga por el mismo plazo durante la que debe fundamentar el retraso. Del mismo modo, si se deniega la información debe ser mediante una respuesta fundamentada por la máxima autoridad. “Toda información es pública salvo que entre en algunas de las excepciones del artículo 8”, explica Del Campo.

En ese sentido, la directora del CELE señala un abuso en lo que hace a determinadas excepciones y menciona la seguridad nacional. “Hay países como Uruguay, Perú y México que se mostraron reticentes a proveer datos sobre la tecnología que usa el gobierno para hacer tareas de inteligencia”, ejemplifica.

Según la ley argentina, ante una denegatoria de información el solicitante podrá reclamar ante la Justicia -a través de una acción de amparo- o a la Agencia de Acceso a la Información Pública, que es la autoridad de aplicación con autonomía funcional en el ámbito del Poder Ejecutivo.

Hacia el final de la ley se habla de transparencia activa, que refiere a la facilidad de búsqueda que deben tener las páginas web de los organismos oficiales en relación a datos sobre la estructura orgánica, los salarios del personal y hasta las declaraciones juradas. “Queda mucho por hacer para generar las condiciones que permitan aplicar esos cambios”, considera Del Campo, y agrega: “A nivel regional se ve una gran dificultad para la implementación de estas normas, como autoridades con poco apoyo político o fondos insuficientes”.

En su artículo “12 puntos para entender el periodismo de datos”, la periodista Sandra Crucianelli sostiene que esa forma de ejercer el oficio es importante porque filtra y visualiza lo que el ojo humano no podría ver a simple vista. Desde la información que molesta hasta el nivel de transparencia que el poder está dispuesto a mostrar.