Buenos Aires

martes, abril 7, 2026

Cómo es la Ley Hojarasca con la que el Gobierno buscará eliminar normas “obsoletas” 

Por Mía Yelpez

La Ley Hojarasca, impulsada por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, apunta a reducir la “sobreabundancia normativa” que, según el oficialismo, caracteriza al ordenamiento legal y genera dificultades en su aplicación. El proyecto deroga un total de 62 leyes, 16 artículos de 3 leyes (Leyes 22.963, 22.964 y 20.984), un Decreto-Ley y un DNU. A su vez, modifica cuatro artículos de tres leyes (Leyes 20.984, 24.807 y 22.963).

Entre los decretos que se busca dejar sin efecto, hay normas consideradas anticuadas, como la que crea el “padrinazgo presidencial” o inhabilita a los funcionarios que dispongan “azotes”. Pero también otras tienen como objetivo declarado “terminar con privilegios” como el libre estacionamiento para los legisladores.

Este proyecto tiene un antecedente directo, que es el que el Poder Ejecutivo había enviado en octubre del año 2024 (Mensaje Nro. 61/2024; EX Nro 0020-PE-2024) con el nombre de “Ley de Derogación de Legislación Obsoleta”. El proyecto proponía derogar 63 leyes y hacer una serie de modificaciones a otras. 

Según el Gobierno, el objetivo es reformar el sistema legal mediante la eliminación de regulaciones que, a su criterio, obstaculizan el funcionamiento del Estado y restringen actividades y derechos. En los fundamentos, el Ejecutivo sostiene que la acumulación de leyes a lo largo del tiempo derivó en un sistema complejo, muchas veces contradictorio y de difícil aplicación, por lo que se propone avanzar hacia un orden jurídico más racional, dinámico y accesible, que facilite la comprensión de las normas por parte de la ciudadanía y mejore la transparencia institucional.   

El nuevo envío retoma los fundamentos presentados en octubre del año pasado. El análisis abarca normativa directa entre 1864 y la actualidad, y clasifica más de 80 leyes, decretos y artículos en seis categorías que justifican su derogación o modificación. 

Más allá de que todas las derogaciones quedan contenidas con el artículo 1, en los fundamentos del Proyecto el Poder Ejecutivo explica que existen seis razones diferentes por las cuales se decidió derogar las normas en cuestión.  

LOS EJES DE LA “LEY HOJARASCA”, SEGÚN EL GOBIERNO

1) Se derogan leyes que han sido superadas por normas posteriores. Se trata del caso de normas que en algún momento fueron sustituidas o cuyas disposiciones fueron absorbidas por leyes posteriores más completas o más modernas. Es el caso de las leyes 94, 3.863, 16.789, 20.400, 20.843, 21.778, 22.109, 23.678 y 24.675

2) Se derogan reglamentaciones que quedaron obsoletas o sin efecto por el avance de la tecnología, la economía o el paso del tiempo. Estas derogaciones buscan adecuar el marco normativo a la realidad actual y empezar a depurar al ordenamiento jurídico de leyes que, por distintas razones, perdieron razón de ser. Es el caso de las leyes 448, 3.235, 16.879, 18.569, 19.648, 20.114, 20.577, 21.895, 23.756 y 23.888.

3) Se derogan decretos que afectan libertades individuales. Con esto, se busca reorientar los esfuerzos normativos del Gobierno Nacional en el sentido que siempre debieron haber ido: en el de garantizar el máximo nivel de libertad para los ciudadanos. Se pretende derogar una serie de leyes que establecen restricciones irrazonables y limitan la libertad individual de las personas. Es el caso de las Leyes 14.034, 18.312, 19.787, 20.120, 20.802, 20.959, 20.983, 22.875 y 22.964.

4) Se derogan leyes y disposiciones con el objetivo de desburocratizar el Estado Nacional. En estos casos, las derogaciones apuntan a avanzar con el programa de desburocratización de este Gobierno. Se eliminan organismos y disposiciones que establecen regulaciones innecesarias, sobreabundantes o redundantes (inútiles). Es el caso de las leyes 14.041, 14.800, 17.752, 19.340, 19.363, 20.308, 20.496, 20.876, 21.056, 21.145, 21.159, 22.426, 22.963 –solo ciertos artículos-, 23.419, 23.634, 24.057, 24.127, 24.298, 24.960, 25.750, 26.227, 26.688 y 27.171.

5) Se derogan estatutos que remiten a procesos que no existen o a organismos que ya están disueltos. En estos casos, el motivo de la derogación queda explicado en el propio título. Se trata de leyes que no tienen razón de ser y que han quedado vigentes únicamente por desfasajes entre las normas y la realidad. Es el caso de las leyes 11.245, 11.380, 12.307, 13.521, 14.578, 17.584, 20.085, 20.299, 20.327, 20.543, 20.956, 23.671 y 24.731; el Decreto Ley N° 12.795/44 y Decreto N° 1.262 del 22 de mayo de 2003.

6) Se modifican las normas sobre organismos creados para personas integrantes del Sector Público que se financiaban con fondos públicos nacionales, como el Círculo de Legisladores o la Federación Argentina de Municipios. En el proyecto se emancipa a estos entes mediante la eliminación del financiamiento por parte del Estado Nacional, más allá de que luego podrán seguir funcionando con recursos propios, si así lo definiesen. Es el caso de las leyes 20.984 y 24.807.

Más allá de la derogación de leyes, el Gobierno señala que la iniciativa busca establecer un nuevo criterio para evitar la acumulación normativa en el futuro.

El proyecto también menciona casos puntuales para ilustrar el alcance de la iniciativa. Entre ellos, la eliminación de regulaciones sobre premios en salas de cine cuyo costo operativo supera el beneficio, así como normas que aún contemplan sanciones o prácticas sin vigencia efectiva. Asimismo, propone derogar disposiciones que establecen beneficios o requisitos considerados anacrónicos, como la exigencia de un carnet para viajar como mochilero, permisos especiales de circulación para legisladores o regulaciones sobre contenidos en medios de comunicación.

+ DE ESTE TEMA

+Temas

ENTREVISTAS

LO ÚLTIMO