Por Vincent Van Broock
El Tribunal Oral Federal N°2, encargado de la causa Vialidad, rechazó nuevamente la solicitud presentada el 28 de mayo por los abogados de la expresidenta de retirarle la tobillera electrónica. Los magistrados resolvieron “mantener sin modificaciones todas las reglas de conducta y condiciones actuales de cumplimiento de la pena“.
La defensa había solicitado además otros dos cambios: el cese del régimen de visitas, o en todo caso uno más flexible como en junio de 2025, y eliminar las restricciones de salidas a la terraza del departamento donde la ex mandataria cumple su condena. Su equipo legal argumentó que había cumplido las reglas estrictamente y que no hubo intentos de fuga. También señalaron el principio de progresividad de la pena.
Federico Paruolo, quien fue su abogado en la Causa Vialidad, expresó su desacuerdo con la decisión del Tribunal: “Suponiendo que mañana Cristina se quisiera arrancar la pulsera e irse, no puede pasar desapercibida en ningún lugar. Sería imposible para ella”. Según Paruolo, obligarla a utilizar la tobillera “no tiene ningún sentido más que ser un ejemplo disciplinador y mantener la humillación constante que se le trata de imponer, como aleccionadora para la política en general y, particularmente, para el peronismo”.
Los jueces argumentaron que no había sustento suficiente para aceptar ninguna de las peticiones y respecto a la tobillera afirmaron que “la utilización del dispositivo constituye la regla legal establecida por el legislador, mientras que su dispensa reviste carácter estrictamente excepcional”.
Desde el 17 de junio de 2025, Cristina Fernández de Kirchner cumple una condena de seis años de prisión domiciliaria por la Causa Vialidad, en la que se la acusa de participar en un esquema de corrupción y direccionamiento de fondos para obras viales en favor del empresario Lázaro Báez, durante sus dos mandatos presidenciales.
Edición: Taís Tejo Toribio
